La Justicia laboral sanjuanina aplicó por primera vez el capítulo laboral de la Ley Bases y marcó un antecedente importante para futuros reclamos por despido en la provincia.
El fallo fue dictado por el Primer Juzgado del Trabajo de San Juan, a cargo del juez Matías Pallitto, quien ratificó la constitucionalidad de los artículos de la Ley Bases que eliminaron distintas multas vinculadas al trabajo no registrado o a la registración deficiente.
La resolución surgió en una causa iniciada por una trabajadora que fue despedida en Caucete en febrero de 2025. En el expediente, el magistrado hizo lugar a varios rubros indemnizatorios reclamados, entre ellos antigüedad, preaviso, salarios adeudados, aguinaldos y vacaciones no gozadas. Sin embargo, rechazó incorporar las multas que anteriormente podían aumentar de manera considerable el monto final de una indemnización cuando se acreditaba empleo en negro o irregularidades en la registración laboral.
El punto central del fallo estuvo en diferenciar las indemnizaciones laborales de las sanciones. Según el criterio judicial, la protección contra el despido arbitrario continúa vigente, pero las multas eliminadas por la normativa nacional tenían un carácter punitivo frente a conductas irregulares del empleador. Al haber sido derogadas por la Ley Bases, el juzgado entendió que no correspondía aplicarlas en este caso.
La decisión pone bajo la lupa el nuevo escenario laboral abierto por la reforma nacional y se convierte en una primera interpretación local sobre su alcance. En la práctica, el fallo puede tener impacto en otros expedientes similares que tramiten en San Juan, especialmente en causas donde se discutan indemnizaciones por despido y reclamos vinculados al empleo no registrado.
De todos modos, la resolución también dejó abierta la posibilidad de reclamar eventuales daños por otras vías judiciales, siempre que puedan ser debidamente acreditados durante el proceso.
El fallo no elimina el derecho del trabajador a cobrar los rubros indemnizatorios correspondientes, pero sí confirma que las multas derogadas por la Ley Bases ya no pueden sumarse automáticamente al reclamo. Un cambio fuerte para el mundo laboral, donde antes esas sanciones podían engrosar —y bastante— el monto final de una demanda.