Expropiarán un inmueble en Sarmiento

 El recinto de sesiones de la Legislatura fue el escenario de la reunión de Labor Parlamentaria que, encabezada por el vicegobernador y presidente nato de la Cámara de Diputados, Roberto Gattoni, determinó los despachos de comisión que formarán parte del Orden del Día de la Sexta Sesión del período ordinario que será cumplida el próximo jueves 17 de junio, a partir de la hora 9.30.

En la ocasión, estuvo presente el secretario Legislativo del cuerpo, Nicolás Alvo y las autoridades del cuerpo legislativo, los vicepresidentes primero, diputado Eduardo Cabello; segundo, legislador Carlos Platero y alterno, parlamentario Edgardo Sancassani y los titulares de los bloques Justicialista, Juan Carlos Abarca; Producción y Trabajo, Sergio Miodowsky; Bloquista, Andrés Chanampa; CONFE-Somos San Juan, Florencia Peñaloza; Frente Grande, Horacio Quiroga; Del Este, Marcelo Mallea; ACTUAR, Gustavo Usín; PRO, Enzo Cornejo y San Juan Primero, Enrique Montaño.

Adquisición de un inmueble en Sarmiento

Por otro lado, con despacho positivo, el cuerpo legislativo tratará un proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 47, que propone ratificar un acuerdo suscripto el 12 de marzo de 2021, entre la Dirección Nacional de Vialidad, y el Gobierno de San Juan para la adquisición directa de un inmueble del departamento Sarmiento.

En el convenio, el propietario se aviene a transferir en propiedad a la Dirección, que acepta de conformidad, una fracción de 2ha 4.537,98 m2con todo lo plantado y asentado en el mismo, según ángulos, medidas y linderos indicados en el proyecto de Plano de Mensura de Afectación con destino a la ejecución de la Obra: Autopista Ruta Nacional N° 40— Tramo: Limite Interprovincial Mendoza- San Juan Intersección Acceso Sur y Ruta Provincial N° 179 — Sección II: Tres Esquinas — Intersección RN N° 40 y RP N° 295 (Acceso a Cochagual) — departamento Sarmiento, Provincia de San Juan. 

Por su parte, la Dirección abonará al propietario del inmueble, en concepto de total y única indemnización por parte de la porción afectada, la suma de pesos un millón treinta y dos mil trescientos cincuenta ($ 1.032.350); compuesto por la suma de pesos novecientos treinta y ocho mil quinientos ($ 938.500), conforme la Tasación emitida por el Tribunal de Tasaciones de la Nación, más la suma de noventa y tres mil ochocientos cincuenta pesos ($ 93.850) conforme el diez por ciento (10%) que establece el artículo 13 de la Ley N°21.499.



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